Inspección judicial con peajes de niños wayuu en las vías
Escrito por: Pablo Berty para la Veeduría Ciudadana a la Sentencia T302 de 2017
pablo.berty@fucaicolombia.org
El pasado 8 de mayo, se cumplieron 6 años de la expedición de la sentencia T-302 del 2017, fallo excepcional, expedido por la honorable Corte Constitucional colombiana, para proteger y reivindicar, derechos fundamentales del pueblo wayuu, buscando con ello remediar los problemas estructurales que impiden el goce efectivo y oportuno de acceso al agua potable, a la alimentación y a la salud, que han desencadenado la muerte de niños wayuu por desnutrición, que al cierre de la vigencia 2022, contabilizó 85 fallecimientos, según cifras oficiales del Instituto Nacional de Salud.
En lo que va corrido del año 2023 (semana epidemiológica No 19) ya se suman 27 muertos de infantes por casos asociados a la desnutrición, cifras que indican que el estado de cosas inconstitucional en La Guajira es insuperable e inamovible y que de acuerdo a los hechos, las instituciones en sus intervenciones no logran impactar las realidades contundentes que se presentan en las rancherías localizadas de manera dispersa en las profundidades del desierto.
“Los fallecimientos de menores por desnutrición durante el 2023, es una situación inaceptable y tenemos que implementar acciones inmediatas para frenarlos. Nos debe preocupar y doler lo que está pasando en La Guajira. La Secretaría de Salud y la Gobernación del departamento han incumplido con sus responsabilidades frente al sistema de Salud.”, dijo Ulahí Beltrán López, Superintendente Nacional de Salud.
Ante la contundencia de los hechos y los incumplimientos recurrentes de las instituciones encargadas de ejecutar las ordenes de la Sentencia, la Corte Constitucional llevó a cabo una inspección judicial en las comunidades wayuu de los municipios de Manaure, Uribia, Maicao y el Distrito de Riohacha con el objetivo escuchar las inquietudes frente al cumplimiento del fallo.
Entre el 17 y el 21 de abril, el magistrado auxiliar comisionado para la diligencia, Iván Humberto Escurecía Mayolo, llegó a La Guajira junto con con 4 expertos (peritos) y empleados judiciales de la Sala de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, para observar y analizar las fuentes de aguas y las condiciones del suministro del vital líquido, verificar los lugares, cantidad y calidad de la alimentación dispuestas para los niños wayuu, escuchando las percepciones sobre el servicio prestado por el Estado.
Se buscaba constatar directamente, el estado real de cumplimiento de las órdenes generales y de las expedidas en el marco del seguimiento, después de casi seis años de la expedición y casi 5 de la notificación de la Sentencia T-302 de 2017, así como transcurridos 8 meses del cambio de gobierno y 5 de la estructuración de un plan provisional de acción para cumplir medidas urgentes. Igualmente, determinar la oferta institucional, infraestructura, acceso vial, aplicación de programas de primera infancia, actividades económicas, agua potable, educación y salud, entre otros aspectos relevantes.
En desarrolló de esta actividad y por el proceso de interlocución directa o dialogo genuinos con las autoridades tradicionales, líderes y lideresas del pueblo wayuu, se pudo constatar el poco avance de las acciones y obras para la superación del estado de cosas inconstitucional en la península. Se pudo verificar en terreno la inexistencia de un plan estructurado, articulado de coordinación interinstitucional para enfrentar la situación de calamidad pública o tragedia en que vive el pueblo wayuu.
Esta histórica acción por parte de la Corte, que incluyó también algunos barrios informales de Riohacha y Uribía, fue una experiencia excepcional que muestra una realidad crítica y dolorosa padecida por los miembros de la etnia. Por cinco días se recorrieron 21 comunidades de distintas zonas y subregiones de difícil acceso de la Media y Alta Guajira, en las que se constató que la presencia de la institucionalidad estatal es esporádica, deficiente, inoportuna y de baja pertinencia, como fue percibido por la delegación, conformada por altos funcionarios de las entidades, ministerios y algunos entes de control como la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
Se identificaron fallas en las soluciones de movilidad y transporte para facilitar la presencia del Estado y de los mercados en los territorios ocupados de manera dispersa por parte de los wayuu, lo cual impacta el acceso efectivo a los derechos fundamentales al agua potable, alimentación, seguridad alimentaria y salud.
Se detectaron algunas obras públicas abandonadas o en estado de deterioro, determinándose su traslado de lo constatado a la Contraloría General de la República, así como a la Procuraduría General de la Nación, para que estas entidades adelanten las investigaciones fiscales y disciplinarias a que hubiere lugar.
En el recorrido fueron inevitables ver los famosos peajes wayuu del hambre y de la sed. Al mismo magistrado y a los funcionarios del ICBF les tocó pagar los respectivos peajes para permitir el paso de los casi 60 vehículos acompañantes. En calidad de veedores a la implementación de la sentencia y como resultado de una indagación inicial a los niños y a los hogares de procedencia, se pudo identificar que algunos de esos niños y niñas al ser mayores de 4 años, 11 meses, 29 días, fueron excluidos del sistema de educación inicial, ya que sobrepasan la edad para seguir perteneciendo a las Ucas, pero tampoco son cubiertos por el sistema educativo formal porque el periodo de matrícula fue cerrado al inicio del año.
En la inspección se encontraron a varios niños en estado de desnutrición y que fue aprovechada por algunas comunidades para alertar sobre el subregistro de los menores fallecidos por esta causa, situación que reveló la necesidad de avanzar en el cumplimiento de las medidas cautelares proferidas en el Auto 696 de 2021 y la urgencia de poner en marcha la Mesa Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas (MESEP), con el fin de avanzar en la superación del estado de cosas inconstitucional.
Si bien solo se visitaron 21 comunidades indígenas, como muestra representativa de la población, fue enfático el magistrado al señalar que el proceso mantiene el expediente abierto para la aportación de pruebas, solicitudes y queja. Por esta razón, la Sala de Seguimiento seguirá trabajando para que las órdenes de la sentencia y los autos de seguimiento sean debidamente acatadas.
Desde la Veeduría Ciudadana, como expresión de la sociedad civil colombiana, acompañamos estos procesos con la convicción indeclinable de sospesar los insumos recaudados y entregados por las entidades y las comunidades indígenas, que permita tomar las medidas correctivas adecuadas, que podrían iniciarse con la declaratoria del desacato y su respectivo traslado para evaluar y calificar posibles disciplinarias, penales y fiscales individualizadas y por entidades, ya que las circunstancias exigen y ameritan decisiones drásticas de la sala de seguimiento.
La Guajira y en especial el pueblo wayuu, espera que se tomen decisiones de fondo, con todo los mecanismos e instancias formales que lo permitan, para impulsar el cumplimiento del fallo y se contribuya de manera efectiva a la superación del estado de cosa inconstitucional que agobia al territorio ancestral, de manera estructural, reiterada y sistemática.
Verificación de cumplimiento sentencia T-302 del 2017.